LA PRUEBA DE LAS COMUNICACIONES DIGITALES. PARTE I
El vertiginoso desarrollo tecnológico de los medios de comunicación está provocando, con creciente frecuencia, importantes lagunas regulatorias (la tecnología y las prácticas sociales avanzan siempre más rápido que la legislación), lo que se traduce en inseguridad jurídica para quienes pretenden o necesitan usar una comunicación digital como medio de prueba, al tiempo que supone un campo abonado para quienes utilizan los medios digitales como un instrumento transgresor o dañino.
Con la modesta intención de dar alguna luz sobre esta incipiente materia, nos proponemos manifestar algunas reflexiones sobre el valor probatorio de los medios digitales y, si se nos es posible, aportar algunas claves acerca de cómo procurar la mayor eficacia probatoria de estos instrumentos y lograr su admisión y la adecuada apreciación judicial. En esta serie de publicaciones comenzaremos recordando los límites de la información (qué comunicaciones pueden emplearse como prueba y cuáles no), continuaremos desarrollando el valor probatorio de las diferentes comunicaciones digitales y terminaremos estableciendo los que consideramos mejores modos de aportación en juicio.
Comenzamos.