LA NUEVA LOPD = LEGISLAR A MARCHAS FORZADAS
El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los estados miembros a partir del próximo día 25 de mayo de 2018.
Este plazo imperativo ha provocado la urgente necesidad de adaptar el actual marco regulador español y, con este fin, la Agencia Española de Protección de Datos y la Sección de Derecho Público de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia trabajan en el texto del Anteproyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
Dos aspectos de esta situación nos resultan llamativos:
- El primero es la paradoja que supone que el contenido de una Ley Orgánica, reguladora de Derechos Fundamentales, venga pre-determinado por un Reglamento (aunque Europeo, reglamento al fin y al cabo).
- El segundo es la velocidad con la que se ha redactado a pesar de la complejidad y carácter transversal de su contenido.
Ambos datos nos llevan a predecir, sin temor a equivocarnos, que la LOPD será una transposición casi literal del contenido del Reglamento Europeo, y que, por consiguiente, a las obligaciones ya vigentes para la protección de este derecho se añadirán otras nuevas, se elevará el rigor y control del consentimiento y se agravarán las sanciones en caso de infracción.
La prudencia aconseja, por tanto, esperar a la publicación del Anteproyecto para poder trabajar sobre sus concretas disposiciones y preparar las medidas de implantación necesarias para su cumplimiento. Hasta entonces, paciencia y mucho ánimo.
Antonio Texidó
EQAbogados