LA NUEVA LEY DE SECRETOS EMPRESARIALES
El Proyecto de Ley de Secretos Empresariales refuerza la protección de la información empresarial confidencial.
Se conoce como “secreto empresarial” el conjunto de conocimientos técnicos, comerciales, estratégicos y económicos que conforman el patrimonio intangible e íntimo de una empresa, ajeno al resto del mercado y, por tanto, de carácter confidencial.
En un mundo globalizado como el actual, las empresas sufren con creciente intensidad ataques que ponen en jaque su secreto empresarial, tales como robo de información, espionaje industrial o ejecución de copias no autorizadas, violaciones todas ellas que perjudican gravemente las inversiones en I + D y desincentivan la innovación.
Para luchar contra esta lacra, se publicó la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los secretos comerciales que ahora se pretende trasponer a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Proyecto de Ley de Secretos Empresariales enviado recientemente al Congreso.
Esta nueva Ley aborda el problema desde una doble perspectiva: define las conductas ilícitas y establece las medidas legales y judiciales para la protección del secreto empresarial.
Conductas ilícitas
En el proyecto de ley, no solo se definen las conductas que conculcan los secretos empresariales, sino también aquellas que son consideradas lícitas, estableciendo la delimitación entre unas y otras.
Se regula además el tráfico de los datos y conocimientos secretos de una empresa cuando existe acuerdo de licencia o cesión.
Acciones de defensa
El Proyecto de Ley dispone también el catálogo (abierto) de acciones de defensa del titular del secreto empresarial para hacer frente a la posible violación de éste. Y regula con detenimiento lo relativo a la indemnización de los daños y perjuicios que deriven de la infracción. También contiene disposiciones procesales con el objetivo de procurar un procedimiento rápido y efectivo para hacer valer las acciones defensivas.
Procedimiento eficaz.
Tras establecer las reglas legales para la conservación de la confidencialidad de la información generada por una empresa y diseñar un proceso rápido e informal que facilite el ejercicio de las acciones de defensa; el Proyecto de Ley dispone además un arsenal de medidas cautelares que permite al demandante preparar el ejercicio de su acción mediante diligencias de comprobación de hechos, medidas para acceder a las fuentes de prueba en poder del futuro demandado o de terceros y, en su caso, la adopción de medidas cautelares para asegurar la eficacia de su acción y evitar de manera inmediata la revelación, uso u obtención ilícita del secreto empresarial.
Antonio Texidó
Abogado socio EQ Abogados & Consultores