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octubre 11, 2018

Las “Tarjetas de Crédito” y “El cuento de la haba”

“Quieren que les cuente el cuento de la haba que nunca se acaba? Que si quieren que les cuente el cuento de la haba que nunca se acaba? De verdad, quieren que les cuente el cuento de la haba que nunca se acaba?”

Aunque el título del artículo parece emular a una fábula de Esopo y Samaniego, desgraciadamente dista mucho de la ficción de un cuento infantil, la experiencia que sufren y padecen muchas personas como Mercedes, Juan, Carmen, Víctor… que, por distintas situaciones de necesidad en determinados momentos de sus vidas, se vieron “salvadas” – o eso pensaban ellas – con un crédito que se le concedía alegremente por diversas compañías financieras, sin requerir muchas garantías ni complicaciones burocráticas (sólo las justitas, para no entrar en demasiado detalle de lo que firmaban).

La captación de estos clientes por parte de estas entidades financieras se llevaba a cabo de distintas maneras, escuchaban el anuncio por radio como un auténtico chollo, cuando acudían a alguna entidad financiera en la que exponían su delicada situación económica, o incluso en cualquier centro comercial donde estratégicamente se ubicaba su personal comercializador en el embudo en el que terminan todos los que acceden por la escalera mecánica del parking, ofreciéndole la oportunidad de comprar todo aquello que sus hijos les demandaban y que por su real situación de supervivencia no podían permitírselo; con estas “tarjetas milagro” lo que se les ofrecía era una solución cortoplacista, sin mucha parafernalia ni trámites burocráticos, que les permitiría quitarse de la cabeza preocupaciones, dormir por las noches sin sobresaltos, comprar a sus niños la mochila de Peppa Pig o de la Patrulla Canina, con su estuche y sus lápices como el resto de niños de su cole, y hasta podrían llenar la nevera y “comer”.

Esas tarjetas de crédito que les vendieron tan alegremente, esconden realmente un crédito revolving, de cuya definición ya apreciamos que tiene cierto parecido con las armas que se usaban en los western del lejano oeste.

Entre sus principales características se encuentran las siguientes: son operaciones de crédito con un límite disponible, no requiere garantías adicionales a las de las personales de los propios contratantes, no requiere su firma ante Notario – con lo que la facilidad de contratación sin saber lo que se está firmando es muy habitual en este tipo de operaciones -, se renuevan sin problema, se emite asociado a una tarjeta de crédito para que su uso y disponibilidad en cajeros automáticos sea más fácil, no requieren justificación de su necesidad, el tipo de interés remuneratorio suele ser muy superior al normal del dinero, en ocasiones establecido en valores que exceden el 20%.

Las consecuencias de su contratación y de la facilidad de disposición de efectivo, son evidentes, tanto que cuando Mercedes, Juan, Carmen, Víctor… se han dado cuenta, por mucho que hayan estado devolviendo cantidades de las que han ido disponiendo por razones obvias de necesidad, la deuda de la cuantía principal que contrataron sigue estando íntegramente pendiente, porque durante los dos o tres años que han estado haciendo devoluciones lo único que han estado abonando han sido los elevados intereses que se les han ido generando.

Estos contratos se pueden anular ante los tribunales, y en EQ Abogados podemos asesorarles, finalizando así con la angustiosa situación en la que se encuentran, ya que padecen que a pesar de ir devolviendo dinero con esfuerzos titánicos por su maltrecha economía familiar, aun así, la deuda no sólo no disminuye, sino que aumenta, y así viven su particular “cuento de  la haba que nunca se acaba”.

 

Rafael Moya.

rafaelmoya@eqabogados.es

EQ Abogados y Consultores.

despacho@eqabogados.es