We use, we bake and we eat cookies. By browsing our site you agree to our use of cookies. Okay! Learn more

¿Podemos ayudarle?
agosto 29, 2018

¿HA HECHO PAGOS A CUENTA PARA LA COMPRA DE UNA VIVIENDA Y NO SE LA HAN ENTREGADO? ¿QUIERE RECUPERAR EL DINERO ANTICIPADO?

Fruto de la crisis inmobiliaria desatada a partir de 2008, muchas empresas promotoras incumplieron su obligación de entregar las viviendas comprometidas, dando lugar al fenómeno denominado promociones fantasma o casas fantasma: viviendas compradas sobre plano, cuyos compradores tenían pagadas en parte y que, sin embargo, nunca recibieron, ya porque ni siquiera comenzó la obra, ya porque no se llegó a terminar, o bien porque no hubo licencia de primera ocupación en plazo. Muchas de estas promotoras no tenían avalada ni asegurada la devolución de las cantidades entregadas a cuenta, por lo que, al desaparecer o “cerrar” la promotora, los compradores no han podido recuperar el dinero anticipado.

Si es usted uno de estos compradores, sepa que puede recuperar su dinero reclamando la devolución de las cantidades entregadas a cuenta a la entidad bancaria o caja de ahorros en la que dichos pagos se ingresaron a nombre de la promotora. Y ello al amparo de la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecida a partir de diciembre de 2015, que responsabiliza solidariamente a las entidades financieras perceptoras de cantidades a cuenta de compra de vivienda de las consecuencias del incumplimiento de lo previsto en la Ley 57/1968 (la obligación de asegurar la devolución de las cantidades entregadas a cuenta).

¿Cuáles son los requisitos para reclamar la devolución?:

  • Que se trate de compraventa de vivienda libre (no V.P.O.).
  • Que los pagos se hayan ingresado en una cuenta corriente en banco o caja de ahorro titularidad de la promotora.
  • Que dicha cuenta bancaria no estuviese avalada o asegurada.
  • Que la vivienda no se haya construido, terminado, ni entregado en plazo.

Si es su caso y desea recuperar el dinero entregado a cuenta, póngase en contacto con nosotros, somos especialistas y tenemos experiencia en este tipo de reclamaciones. Y hágalo enseguida, ya que, tras la reforma del Código Civil en materia de prescripción de acciones, el plazo para reclamar se ha reducido considerablemente, lo que podría significar la pérdida de su derecho por no ejercitarlo a tiempo.

Puede contactar con nosotros a través del teléfono 957 249 199 de 09:00 a 17:00 horas o a través del mail despacho@eqabogados.es.

 

Fdo. Antonio Texidó

Abogado socio en EQ Abogados